La internación compulsiva
Este 25 de agosto pasado, aparte de conmemorarse un aniversario más de nuestra Declaratoria de la Independencia, los orientales comenzamos a transitar otra etapa en la atención de la gente de situación de calle.
En esta jornada comenzó a regir la internación compulsiva para dichas personas, una ley que se aprobó en el Parlamento en mayo de este año y que implica que las autoridades puedan retirar a una persona contra su voluntad, siempre que se cumplan determinadas condiciones.
Esta medida se aplica cuando se considera que la persona representa un peligro para sí misma o para otros, o cuando sufre de una enfermedad mental grave que le impide tomar decisiones racionales sobre su tratamiento.
Un censo realizado por el Mides en 2023 reveló que la población en situación de calle creció 24% desde el último relevamiento, realizado en 2021.
Del total de personas en situación de calle, en el relevamiento se estimó que el 92% consumía drogas…una barbaridad
La ley fue aprobada en mayo de este año en el Parlamento, pero restaba la reglamentación para que empezara a funcionar. El primero en actuar, será el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), ya que es el encargado, de recibir las denuncias y brindar asistencia primaria.
Deberá actuar ante las denuncias que presenten terceros, el «requerimiento de las propias personas afectadas» o «contactos espontáneos en recorridas del Equipo Calle del Mides».
Si en el lugar, funcionarios del Mides observan que la persona «presenta riesgos graves de enfermedades o riesgo de muerte», deberá entonces llamar a la Administración de Servicios de Salud del Estado (ASSE) para que un médico brinde la «atención correspondiente».
Sin embargo, con la nueva normativa, Mides también podrá solicitar a ASSE su presencia si observa que la persona tiene su «capacidad de juicio afectada» por problemas psiquiátricos o el consumo de drogas.
Cuando la persona afectada se niega a ser atendida, entonces podrá entrar en juego el Ministerio del Interior
En Uruguay, la última disposición importante relacionada con la internación compulsiva en salud mental es la Ley N° 19.529, aprobada en 2017, conocida como la Ley de Salud Mental.
Hasta acá todo muy bien, tratamos de exponer sintética mente un protocolo no muy difícil de entender,aparentemente con todas las garantías, pero en nuestra reflexión semanal queremos cuestionarnos severamente que estamos abordando directamente las consecuencias de una situación social muy compleja y nos hacemos las siguientes preguntas:
¿ Cómo llegamos hasta aquí?
¿ Qué grado de responsabilidad tiene el Estado en este escenario?
¿Hay leyes que han permitido que hoy nos encontremos con esta problemática?
¿Nos cuesta abordar este tema como corresponde en período electoral?
Muchas interrogantes para un problema multifactorial, donde desde nuestro punto de vista, hay muchas responsabilidades compartidas desde hace muchos años.
Nuestra sociedad transita por un gran deterioro de la dignidad de la vida humana, donde escuchamos voces que se oponen a cualquier medida, en este caso la internación compulsiva, pero sin propuestas concretas.
Entendemos que a veces se pueden violar algunas libertades, pero son por un fin superior
Volvemos al principio, mucho camino por recorrer, el Estado en su conjunto debe intervenir mas agresivamente para que esa internación y atención posterior en centros adecuados llegue a todos los habitantes de nuestro país, sin distinción clase social, de credo, raza o religión, de lo contrario ninguna norma por mejor espíritu que tenga su letra, se miraría con buenos ojos.
Por ahora las esperanzas de una buena medida está intactas…esperemos su evolución con el tiempo.
El director